La Dirección de Bromatología, Inspección e Higiene de la Municipalidad de Trevelin, hace saber a la comunidad que, en el marco de las atribuciones conferidas por los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 308/21 y Nº 355/21, el Departamento Ejecutivo Municipal ha resuelto establecer a partir del día 31/05/2021 y hasta el día 14/06/2021 inclusive, nuevas disposiciones de carácter normativo respecto al horario de circulación de personas y ejercicio de actividades económicas y de servicios en el ámbito de la jurisdicción municipal.
HORARIOS DE CIRCULACIÓN.-
Las personas, en el ámbito de la jurisdicción de la localidad de Trevelin y Sus Parajes, podrán circular según la siguiente modalidad:
- Desde el día 31/05/2021 al 14/06/2021 inclusive, se podrá circular entre las 06:00 horas y 00:30 horas del día siguiente, a excepción de los días 5 y 6 de junio de 2021, en los cuales tendrán plena ejecutoriedad las Resoluciones Municipales Nº 319/21 y Nº 320/21 en todo lo que respecta a los horarios de circulación y ejercicio de actividades. En tal sentido, se podrá circular entre las 06:00 horas y 19:00 horas.
Quedan exceptuados del cumplimiento de la presente limitación horaria el personal afectado a actividad esencial, a los fines de la actividad que desarrollan.
EJERCICIO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS Y DE SERVICIOS.-
Las actividades económicas, industriales, comerciales o de servicios profesionales, servicios domésticos o de cuentapartistas o equiparables, podrán desarrollar su actividad bajo la siguiente modalidad y limite horario:
- De lunes a lunes desde las 06:00 horas hasta las 00:00 horas, a excepción de los días 5 y 6 de junio de 2021, en los cuales se podrá ejercer la actividad comercial desde las 06:00 horas hasta las 19:00 horas. Luego de dicho horario, las actividades o servicios de restaurantes, bares, confiterías o cualquier otro rubro enmarcado en los servicios gastronómicos o asimilables lo podrán hacer de manera no presencial hasta las 00:00 horas mediante sistema “delivery” en el ámbito de la jurisdicción de la localidad de Trevelin y sus Parajes.-
- Las farmacias, veterinarias y estaciones de servicios, podrán desarrollar su actividad sin limitación horaria.
ACTIVIDADES DEPORTIVAS, CULTURALES, SOCIALES Y RECREATIVAS (NO APLICABLE LOS DÍAS 5 Y 6 DE JUNIO DE 2021).-
Limitación de actividades:
1.- Deportivas que tengan lugar en el Polideportivo Municipal, como así también en toda dependencia de la Secretaría de Deportes y Recreación Municipal y/o las que se desplieguen en espacios públicos o privados abiertos o cerrados hasta un máximo de diez (10) concurrentes.
2.- Culturales que se desarrollen en todas las dependencias de la Secretaría y Cultura de Educación y/o las que se desplegaran en ámbitos privados afines o asimilabas hasta un máximo de diez (10) concurrentes.
3.- Actividades de formación extra-escolares hasta un máximo de diez (10) concurrentes.
4.- Eventos culturales y religiosos en espacios públicos o privados abiertos o cerrados, a un máximo de diez (10) presentes. Entiéndase que los eventos aludidos primeramente se circunscriben a aquellos autorizados en el marco de la Resolución Municipal N° 023/21 DEM Trevelin.
5.- Eventos sociales o familiares en espacios privados, abiertos o cerrados, a un máximo de diez (10) concurrentes.
6.- Feria Artesanal “ALFARERO FERNANDO GARRALDA”, (regulada por Ordenanza Municipal N° 1.667/18 HCD Trevelin) a un máximo de diez (10) puestos.-
7.- Feria de emprendedores, productores, “showrooms” y todo otro afín o asimilable a un máximo de diez (10) personas, entendiéndose por tal a la sumatoria total de público asistente y expositores.
SÁBADO 5 Y DOMINGO 6 DE JUNIO DE 2021 (ART. 3º DNU 355/21).-
Tendrán plena ejecutoriedad las previsiones contenidas en las Resoluciones Municipales Nº 319/21 y Nº 320/21 DEM Trevelin.
Actividades suspendidas:
1.- Deportivas que tengan lugar en el Polideportivo Municipal, como así también en toda dependencia de la Secretaría de Deportes y Recreación Municipal y/o las que se desplegaran en ámbitos privados, a saber Gimnasios, afines y asimilables, cualquiera sea el número de concurrentes.-
2.- Culturales que se desarrollen en el Museo Regional de Trevelin, Cine Sala INCAA Trevelin, Centro Cultural Municipal y/o Histórico Salón Central, como así también en toda dependencia de la Secretaría de Cultura y Educación y/o las que se desplegaran en ámbitos privados afines o asimilabas, cualquiera sea el número de concurrentes.-
3.- Didácticas extracurriculares (actividades de formación, entrenamiento y educación extra-escolares, y que resultan complemento de las actividades incluidas en la currícula escolar, bajo la modalidad de talleres, institutos, espacios de formación, academias, afines y asimilables) cualquiera sea el número de concurrentes.-
4.- Eventos culturales y religiosos en espacios públicos o privados abiertos o cerrados, cualquiera sea el número de concurrentes.-
5.- Eventos sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas, en todos los casos y cualquiera sea el número de concurrentes, salvo el grupo conviviente.-
6.- Funcionamiento de salas de juegos de entretenimiento para adultos, casinos, afines y/o asimilables.-
7.- Ferias de artesanos, manualeros, emprendedores, productores, “showrooms” y todo otro afín o asimilable.-
8.- Actividades turísticas en general.-
Normativa