La Dirección de Bromatología, Inspección e Higiene de la Municipalidad de Trevelin, hace saber a la comunidad que, en el marco de las atribuciones conferidas por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 541/21, el Departamento Ejecutivo Municipal ha resuelto establecer a partir del día 13/07/2021 y hasta el día 09 de agosto del corriente año, nuevas disposiciones de carácter normativo respecto al horario de circulación de personas y ejercicio de actividades económicas y de servicios en el ámbito de la jurisdicción municipal.
HORARIOS DE CIRCULACIÓN.-
Las personas, en el ámbito de la jurisdicción de la localidad de Trevelin y Sus Parajes, podrán circular según la siguiente modalidad:
– Lunes a jueves: se podrá circular entre las 06:00 horas y 00:00 horas.
– Viernes a domingo: se podrá circular entre las 06:00 horas y 02:00 horas del día siguiente.
Se establece una tolerancia para transitar de media hora aplicable únicamente a quienes retornen a sus lugares de residencia.
EJERCICIO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS Y DE SERVICIOS.-
Las actividades económicas, industriales, comerciales o de servicios profesionales, servicios domésticos o de cuentapartistas o equiparables, podrán desarrollar su actividad bajo la siguiente modalidad y limite horario:
– Lunes a jueves, hasta las 00:00 Hs.
– Viernes a domingo, hasta las 02:00 Hs. del día siguiente.
Las farmacias, veterinarias y estaciones de servicios, podrán desarrollar su actividad sin limitación horaria.
En este marco, se recuerda a la comunidad que, conforme lo determina la Ordenanza Municipal Nº 1.654/18, en los meses de abril a septiembre, la venta de bebidas alcohólicas en almacenes, mini-mercados, supermercados, en cualquiera de sus presentaciones, está permitida hasta las 22:00 horas.
Las actividades en general, se ajustarán a lo determinado en el DNU 541/21 y a los dispositivos legales dictados oportunamente por el Departamento Ejecutivo Municipal en ocasión de la contingencia epidemiológica.
Normativa